El artículo 2086 del Código Civil Federal establece que, en general, los gastos relacionados con la entrega de una obligación son responsabilidad del deudor. Esto significa que, a menos que se haya acordado lo contrario en un contrato o acuerdo, el deudor debe cubrir los costos que se generen al momento de entregar lo que debe.
- Los gastos de entrega son aquellos costos asociados con la entrega de bienes o cumplimiento de obligaciones.
- El deudor es la persona que tiene la obligación de cumplir con un compromiso.
- Si las partes acuerdan algo diferente, esa estipulación prevalecerá sobre lo que dice el artículo.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.