El artículo 2106 del Código Civil Federal se refiere a la responsabilidad que surge cuando una persona actúa con dolo, es decir, con intención de causar daño a otra. Esta responsabilidad es aplicable a todas las obligaciones que una persona tiene. Esto significa que, si alguien causa daño de manera intencionada, puede ser demandado por ello, independientemente del tipo de obligación que exista.
Además, el artículo señala que cualquier intento de renunciar a esta responsabilidad es considerado nulo. Esto implica que no se puede evitar las consecuencias legales de actuar con dolo mediante un acuerdo o una declaración que exima a la persona de su responsabilidad.
- La responsabilidad por dolo es aplicable a todas las obligaciones.
- No se puede renunciar a esta responsabilidad; cualquier intento es nulo.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.