Código federal

Artículo 211 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 211.- Las capitulaciones que establezcan separación de bienes, siempre contendrán un inventario de los bienes de que sea dueño cada esposo al celebrarse el matrimonio, y nota especificada de las deudas que al casarse tenga cada consorte.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 211 del Código Civil Federal se refiere a las capitulaciones matrimoniales que establecen la separación de bienes entre los cónyuges. Estas capitulaciones deben incluir un inventario detallado de los bienes que cada esposo posee al momento de celebrar el matrimonio. Además, es necesario que se incluya una nota que especifique las deudas que cada consorte tiene al momento de casarse.

  • Las capitulaciones deben contener un inventario de bienes de cada esposo.
  • Se debe incluir una nota sobre las deudas de cada consorte al casarse.
  • Esto asegura claridad sobre la situación patrimonial de ambos antes del matrimonio.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 211 de Código Civil Federal?

Las capitulaciones que establezcan separación de bienes, siempre contendrán un inventario de los bienes de que sea dueño cada esposo al celebrarse el matrimonio, y nota especificada de las deudas que al casarse tenga…

¿Está vigente el artículo 211?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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