El artículo 214 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico actual. La derogación se oficializó mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974.
Cuando un artículo es derogado, se elimina de la ley y, por lo tanto, no se puede invocar ni utilizar en ningún procedimiento legal. Esto puede suceder por diversas razones, como cambios en la legislación o la necesidad de actualizar normas que ya no son relevantes.
- El artículo 214 ya no es parte del Código Civil Federal.
- Su derogación fue publicada en 1974.
- Las normas derogadas no tienen efecto legal.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.