La novación es un concepto que se refiere a la modificación de una obligación existente. Cuando se lleva a cabo una novación, se extingue la obligación principal y también las obligaciones accesorias que la acompañan. Sin embargo, el acreedor tiene la opción de evitar que las obligaciones accesorias se extingan. Para ello, debe hacer una reserva expresa al momento de la novación.
Si el acreedor realiza esta reserva, las obligaciones accesorias no se extinguen y se transfieren a la nueva obligación. Esto significa que, aunque la obligación principal cambie, las obligaciones accesorias pueden seguir vigentes si así lo decide el acreedor.
- La novación extingue la obligación principal.
- Las obligaciones accesorias también se extinguen, salvo reserva expresa del acreedor.
- Si hay reserva, las obligaciones accesorias pasan a la nueva obligación.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.