Código federal

Artículo 2258 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2258.- Cuando se trate de venta de artículos determinados y perfectamente conocidos, el contrato podrá hacerse sobre muestras.

En caso de desavenencia entre los contratantes, dos peritos nombrados uno por cada parte, y un tercero para el caso de discordia, nombrado por éstos, resolverán sobre la conformidad o inconformidad de los artículos con las muestras o calidades que sirvieron de base al contrato.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2258 del Código Civil Federal se refiere a la venta de artículos específicos que son bien conocidos por las partes involucradas. En este tipo de contratos, es posible utilizar muestras de los productos como referencia para la venta.

Si surge un desacuerdo entre las partes sobre si los artículos entregados cumplen con las características de las muestras, se recurrirá a la opinión de expertos. Cada parte elegirá un perito, y si hay discrepancias entre ellos, se designará un tercer perito por acuerdo de ambos para que decida si los artículos son conformes o no a las muestras presentadas.

  • Se permite la venta basada en muestras de productos.
  • En caso de desacuerdo, se nombran dos peritos, uno por cada parte.
  • Un tercer perito se designa si hay discordia entre los primeros dos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2258 de Código Civil Federal?

Cuando se trate de venta de artículos determinados y perfectamente conocidos, el contrato podrá hacerse sobre muestras. En caso de desavenencia entre los contratantes, dos peritos nombrados uno por cada parte, y un…

¿Está vigente el artículo 2258?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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