Código federal

Artículo 2299 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2299.- Cuando el comprador a plazo o con espera del precio fuere perturbado en su posesión o derecho, o tuviere justo temor de serlo, podrá suspender el pago si aún no lo ha hecho, mientras el vendedor le asegure la posesión o le dé fianza, salvo si hay convenio en contrario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2299 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un comprador que ha adquirido un bien a plazos o con espera del precio enfrenta una perturbación en su posesión o tiene temor de que esto ocurra. En este caso, el comprador tiene el derecho de suspender el pago del precio acordado si aún no lo ha realizado.

Sin embargo, esta suspensión del pago solo es válida si el vendedor no le asegura la posesión del bien o no le proporciona una fianza que garantice su derecho. Es importante señalar que si existe un acuerdo diferente entre las partes, este puede modificar lo establecido en el artículo.

  • El comprador puede suspender el pago si es perturbado en su posesión.
  • Se requiere que el vendedor asegure la posesión o dé fianza para que el pago continúe.
  • Los acuerdos entre las partes pueden alterar esta disposición.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2299 de Código Civil Federal?

Cuando el comprador a plazo o con espera del precio fuere perturbado en su posesión o derecho, o tuviere justo temor de serlo, podrá suspender el pago si aún no lo ha hecho, mientras el vendedor le asegure la posesión o…

¿Está vigente el artículo 2299?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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