Código federal

Artículo 2325 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2325.- Por regla general las ventas judiciales se harán en moneda efectiva y al contado, y cuando la cosa fuere inmueble pasará al comprador libre de todo gravamen, a menos de estipulación expresa en contrario, a cuyo efecto el juez mandará hacer la cancelación o cancelaciones respectivas, en los términos que disponga el Código de Procedimientos Civiles.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Las ventas judiciales, según el artículo 2325 del Código Civil Federal, se realizan generalmente en moneda efectiva y al contado. Esto significa que el pago debe hacerse de manera inmediata y en dinero físico. En el caso de que se trate de un bien inmueble, este se transferirá al comprador sin ningún tipo de carga o gravamen, a menos que se acuerde lo contrario de manera explícita.

Si hay alguna carga sobre el inmueble, el juez se encargará de ordenar la cancelación de estas cargas conforme a lo que establece el Código de Procedimientos Civiles.

  • Ventas judiciales en moneda efectiva y al contado.
  • Los inmuebles se transfieren libres de gravámenes, salvo acuerdo contrario.
  • El juez ordena la cancelación de gravámenes si es necesario.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2325 de Código Civil Federal?

Por regla general las ventas judiciales se harán en moneda efectiva y al contado, y cuando la cosa fuere inmueble pasará al comprador libre de todo gravamen, a menos de estipulación expresa en contrario, a cuyo efecto…

¿Está vigente el artículo 2325?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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