Código federal

Artículo 2389 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2389.- Consistiendo el préstamo en dinero, pagará el deudor devolviendo una cantidad igual a la recibida conforme a la ley monetaria vigente al tiempo de hacerse el pago, sin que la prescripción sea renunciable. Si se pacta que el pago debe hacerse en moneda extranjera, la alteración que ésta experimente en valor, será en daño o beneficio del mutuario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2389 del Código Civil Federal se refiere a los préstamos de dinero. Establece que el deudor debe devolver una cantidad igual a la que recibió, de acuerdo con la ley monetaria que esté vigente en el momento del pago. Esto significa que el monto a devolver no puede ser menor o mayor que el recibido, ajustándose a la moneda oficial en ese momento.

Además, si se acuerda que el pago se realice en moneda extranjera, cualquier cambio en el valor de esa moneda afectará al mutuario, ya sea en su perjuicio o en su beneficio. Es importante destacar que la prescripción, que se refiere al tiempo en que se puede exigir el pago, no puede ser renunciada.

  • Devolución de cantidad igual a la recibida.
  • Ajuste según la ley monetaria vigente al momento del pago.
  • Alteraciones en moneda extranjera afectan al mutuario.
  • La prescripción no es renunciable.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2389 de Código Civil Federal?

Consistiendo el préstamo en dinero, pagará el deudor devolviendo una cantidad igual a la recibida conforme a la ley monetaria vigente al tiempo de hacerse el pago, sin que la prescripción sea renunciable. Si se pacta…

¿Está vigente el artículo 2389?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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