Código federal

Artículo 2423 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2423.- Corresponde al arrendador pagar las mejoras hechas por el arrendatario:

I. Si en el contrato, o posteriormente, lo autorizó para hacerlas y se obligó a pagarlas;

II. Si se trata de mejoras útiles y por culpa del arrendador se rescindiese el contrato;

III. Cuando el contrato fuere por tiempo indeterminado, si el arrendador autorizó al arrendatario para que hiciera mejoras y antes de que transcurra el tiempo necesario para que el arrendatario quede compensado con el uso de las mejoras de los gastos que hizo, da el arrendador por concluído el arrendamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2423 del Código Civil Federal establece las situaciones en las que el arrendador debe pagar las mejoras realizadas por el arrendatario. Estas son las condiciones específicas:

  • Si el arrendatario recibió autorización del arrendador para hacer las mejoras y este se comprometió a cubrir los costos.
  • Si las mejoras son útiles y el contrato se rescinde por culpa del arrendador.
  • En contratos de arrendamiento por tiempo indeterminado, si el arrendador permitió las mejoras y luego termina el contrato antes de que el arrendatario haya recuperado su inversión a través del uso de dichas mejoras.

En resumen, el arrendador tiene la obligación de pagar por mejoras en ciertas circunstancias, especialmente cuando ha dado su consentimiento o ha actuado de manera que afecta al arrendatario.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2423 de Código Civil Federal?

Corresponde al arrendador pagar las mejoras hechas por el arrendatario: I. Si en el contrato, o posteriormente, lo autorizó para hacerlas y se obligó a pagarlas; II. Si se trata de mejoras útiles y por culpa del…

¿Está vigente el artículo 2423?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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