Código federal

Artículo 2470 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2470.- El arrendatario está obligado a dar de comer y beber al animal durante el tiempo que lo tiene en su poder, de modo que no se desmejore, y a curarle las enfermedades ligeras, sin poder cobrar nada al dueño.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2470 del Código Civil Federal establece las obligaciones del arrendatario en relación con los animales que tiene bajo su cuidado. En primer lugar, el arrendatario debe asegurarse de que el animal reciba la alimentación y el agua necesarias para su bienestar, evitando que su estado de salud se vea afectado. Esto implica que el arrendatario debe prestar atención a las necesidades básicas del animal durante el tiempo que lo tenga en su posesión.

Además, el arrendatario tiene la responsabilidad de atender cualquier enfermedad leve que pueda presentar el animal. Sin embargo, es importante destacar que no podrá cobrar al dueño del animal por estos cuidados, lo que significa que estos gastos son parte de las obligaciones que asume al arrendar el animal.

  • Proporcionar comida y agua al animal.
  • Evitar que el animal se desmejore.
  • Cuidar enfermedades ligeras sin cobrar al dueño.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2470 de Código Civil Federal?

El arrendatario está obligado a dar de comer y beber al animal durante el tiempo que lo tiene en su poder, de modo que no se desmejore, y a curarle las enfermedades ligeras, sin poder cobrar nada al dueño.

¿Está vigente el artículo 2470?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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