Artículo 2496 de Código Civil Federal
Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2496.- En los casos de expropiación y de ejecución judicial, se observará lo dispuesto en los artículos 2456, 2457 y 2458.
TITULO SEPTIMO Del Comodato
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.