Código federal

Artículo 2541 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2541.- El secuestro convencional se verifica cuando los litigantes depositan la cosa litigiosa en poder de un tercero que se obliga a entregarla, concluido el pleito, al que conforme a la sentencia tenga derecho a ella.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El secuestro convencional es un mecanismo que se utiliza en el ámbito legal cuando hay un litigio sobre un bien. En este caso, las partes involucradas en el conflicto acuerdan depositar el objeto en disputa en manos de un tercero. Este tercero tiene la responsabilidad de cuidar el bien y, al finalizar el proceso judicial, deberá entregarlo a la persona que, según la sentencia, tenga derecho a recibirlo.

  • Se trata de un acuerdo entre las partes litigantes.
  • El objeto en disputa se entrega a un tercero.
  • El tercero debe devolver el bien al ganador del pleito.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2541 de Código Civil Federal?

El secuestro convencional se verifica cuando los litigantes depositan la cosa litigiosa en poder de un tercero que se obliga a entregarla, concluido el pleito, al que conforme a la sentencia tenga derecho a ella.

¿Está vigente el artículo 2541?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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