Código federal

Artículo 2604 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2604.- Lo que el mandatario, sabiendo que ha cesado el mandato, hiciere con un tercero que ignora el término de la procuración, no obliga al mandante, fuera del caso previsto en el artículo 2597.

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios CAPITULO I Del Servicio Doméstico, del Servicio por Jornal, del Servicio a Precio Alzado en el que el Operario sólo pone su Trabajo y del Contrato de Aprendizaje

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2604 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un mandatario actúa después de que su mandato ha terminado, pero sin que el tercero involucrado lo sepa. En este caso, las acciones del mandatario no obligan al mandante, es decir, la persona que otorgó el mandato, a cumplir con lo que se haya acordado con el tercero.

Sin embargo, hay una excepción mencionada en el artículo 2597, que podría cambiar esta situación. Es importante tener en cuenta que el conocimiento del mandatario sobre el cese del mandato es clave para determinar la validez de sus acciones.

  • El mandatario no puede obligar al mandante si actúa después de que el mandato ha cesado.
  • El tercero debe ignorar que el mandato ha terminado para que no haya obligación.
  • Existen excepciones que pueden aplicar según otros artículos de la ley.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2604 de Código Civil Federal?

El artículo 2604 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un mandatario actúa después de que su mandato ha terminado, pero sin que el tercero involucrado lo sepa. En este caso, las acciones del mandatario no obligan al mandante, es decir, la persona que…

¿Está vigente el artículo 2604?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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