Código federal

Artículo 2616 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2616.- El contrato de obras a precio alzado, cuando el empresario dirige la obra y pone los materiales, se sujetará a las reglas siguientes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2616 del Código Civil Federal se refiere al contrato de obras a precio alzado. Este tipo de contrato se utiliza cuando una persona o empresa, conocida como empresario, se encarga de realizar una obra específica. En este caso, el empresario no solo dirige la obra, sino que también proporciona todos los materiales necesarios para llevarla a cabo.

Las reglas que se mencionan en este artículo son importantes para regular la relación entre el empresario y la persona que contrata la obra. Esto asegura que ambas partes tengan claridad sobre sus responsabilidades y derechos en el proceso de construcción.

  • El empresario dirige la obra.
  • El empresario proporciona los materiales.
  • Se aplican reglas específicas para este tipo de contrato.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2616 de Código Civil Federal?

El contrato de obras a precio alzado, cuando el empresario dirige la obra y pone los materiales, se sujetará a las reglas siguientes.

¿Está vigente el artículo 2616?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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