El artículo 2625 del Código Civil Federal se refiere al pago por una obra realizada. Establece que el precio de la obra debe ser pagado en el momento en que se entrega dicha obra. Sin embargo, también menciona que las partes pueden acordar algo diferente, es decir, pueden establecer un convenio que modifique esta regla.
- El pago se realiza al momento de la entrega de la obra.
- Se permite un acuerdo entre las partes para cambiar esta condición.
Esto significa que, aunque la norma general es el pago al entregar, las partes tienen la libertad de negociar otros términos si así lo desean.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.