Código federal

Artículo 2626 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2626.- El empresario que se encargue de ejecutar alguna obra por precio determinado, no tiene derecho de exigir después ningún aumento, aunque lo haya tenido el precio de los materiales o el de los jornales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2626 del Código Civil Federal establece que un empresario que realiza una obra por un precio acordado no puede pedir un aumento en ese precio, incluso si los costos de los materiales o de la mano de obra han aumentado después de haber firmado el contrato. Esto significa que el precio pactado es fijo y debe respetarse, sin importar cambios en los costos de producción.

  • El empresario no puede exigir aumentos de precio tras acordar uno fijo.
  • Los aumentos en costos de materiales o jornales no justifican un cambio en el precio.
  • El contrato debe cumplirse según lo pactado, sin modificaciones posteriores.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2626 de Código Civil Federal?

El artículo 2626 del Código Civil Federal establece que un empresario que realiza una obra por un precio acordado no puede pedir un aumento en ese precio, incluso si los costos de los materiales o de la mano de obra han aumentado después de haber firmado el contrato. Esto…

¿Está vigente el artículo 2626?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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