Código federal

Artículo 2627 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2627.- Lo dispuesto en el artículo anterior, se observará también cuando haya habido algún cambio o aumento en el plano o diseño, a no ser que sean autorizados por escrito por el dueño y con expresa designación del precio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2627 del Código Civil Federal se refiere a la necesidad de seguir ciertas disposiciones cuando se realizan cambios o aumentos en un plano o diseño. Esto implica que cualquier modificación debe ser autorizada por escrito por el dueño del proyecto. Además, es importante que en esta autorización se especifique el precio relacionado con dichos cambios.

  • Los cambios en el plano o diseño requieren autorización escrita del dueño.
  • La autorización debe incluir la designación expresa del precio.
  • Se aplican las disposiciones del artículo anterior a estos cambios.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2627 de Código Civil Federal?

Lo dispuesto en el artículo anterior, se observará también cuando haya habido algún cambio o aumento en el plano o diseño, a no ser que sean autorizados por escrito por el dueño y con expresa designación del precio.

¿Está vigente el artículo 2627?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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