Código federal

Artículo 263 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 263.- Si al declararse la nulidad del matrimonio la mujer estuviere encinta, se tomarán las precauciones a que se refiere el capítulo primero del Título Quinto del Libro Tercero.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 263 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que se declara la nulidad de un matrimonio y la mujer está embarazada. En este caso, se deben tomar ciertas precauciones que están especificadas en el capítulo primero del Título Quinto del Libro Tercero de la misma ley.

Esto implica que, al anularse el matrimonio, se debe considerar el estado de embarazo de la mujer para proteger sus derechos y los del futuro hijo. Las precauciones mencionadas buscan asegurar el bienestar de la madre y del bebé en esta situación legal compleja.

  • Se declara la nulidad del matrimonio.
  • La mujer está embarazada.
  • Se deben tomar precauciones específicas según la ley.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 263 de Código Civil Federal?

Si al declararse la nulidad del matrimonio la mujer estuviere encinta, se tomarán las precauciones a que se refiere el capítulo primero del Título Quinto del Libro Tercero.

¿Está vigente el artículo 263?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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