Código federal

Artículo 2644 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2644.- El constructor de cualquier obra mueble tiene derecho de retenerla mientras no se le pague, y su crédito será cubierto preferentemente con el precio de dicha obra.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2644 del Código Civil Federal se refiere a los derechos del constructor de una obra mueble. Este artículo establece que el constructor tiene el derecho de retener la obra hasta que se le realice el pago correspondiente. Esto significa que si alguien contrata a un constructor para realizar una obra, el constructor puede mantener la obra en su poder si no ha recibido el dinero acordado por su trabajo.

Además, se menciona que el crédito del constructor, es decir, el dinero que se le debe, tiene prioridad en el pago con respecto al precio de la obra que ha realizado. Esto implica que, en caso de que se deba dinero por la obra, el constructor tiene un derecho preferente sobre el pago de esa cantidad.

  • El constructor puede retener la obra hasta recibir el pago.
  • Su crédito tiene prioridad sobre el precio de la obra.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2644 de Código Civil Federal?

El constructor de cualquier obra mueble tiene derecho de retenerla mientras no se le pague, y su crédito será cubierto preferentemente con el precio de dicha obra.

¿Está vigente el artículo 2644?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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