Código federal

Artículo 2649 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2649.- Responden también de las omisiones o equivocación que haya en la remisión de efectos, ya sea que no los envíen en el viaje estipulado, ya sea que los envíen a parte distinta de la convenida.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 2649 del Código Civil Federal establece que las personas que se encargan de enviar efectos o bienes son responsables por cualquier error u omisión que ocurra durante el proceso de remisión. Esto incluye situaciones en las que no se envían los bienes en el viaje acordado o cuando se envían a un lugar diferente al que se había convenido previamente.

  • Responsabilidad por omisiones en el envío.
  • Errores en el viaje estipulado.
  • Envío a un lugar distinto al acordado.

En resumen, quienes realizan envíos deben cumplir con lo pactado y asumir las consecuencias de cualquier error en el proceso.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2649 de Código Civil Federal?

Responden también de las omisiones o equivocación que haya en la remisión de efectos, ya sea que no los envíen en el viaje estipulado, ya sea que los envíen a parte distinta de la convenida.

¿Está vigente el artículo 2649?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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