El artículo 2651 del Código Civil Federal se refiere a la responsabilidad de los porteadores, que son las personas o empresas encargadas de transportar mercancías. Según este artículo, los porteadores no son responsables por los objetos que no se les entreguen directamente a ellos. En cambio, si las cosas se entregan a sus empleados, como cocheros, marineros o remeros, que no tienen autorización para recibirlas, el porteador no asume la responsabilidad por esos objetos.
- Los porteadores solo son responsables por las cosas que reciben directamente.
- Si un empleado no autorizado recibe un objeto, el porteador no es responsable.
- Es importante que la entrega se haga a la persona correcta para que haya responsabilidad.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.