El artículo 2657 del Código Civil Federal se refiere a las acciones legales relacionadas con el transporte de mercancías. Establece que cualquier reclamación que surja de un contrato de transporte, ya sea a favor o en contra de los porteadores, tiene un plazo de duración de seis meses.
Este plazo comienza a contar una vez que se ha concluido el viaje. Es importante tener en cuenta que, después de este tiempo, ya no se podrán presentar acciones legales relacionadas con el transporte en cuestión.
- Las acciones pueden ser a favor o en contra de los porteadores.
- El plazo es de seis meses.
- El conteo del plazo inicia al finalizar el viaje.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.