Código federal

Artículo 273 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 273.- Los cónyuges que se encuentren en el caso del último párrafo del Artículo anterior, están obligados a presentar al Juzgado un convenio en que se fijen los siguientes puntos:

Párrafo reformado DOF 31-12-1974, 27-12-1983 I. Designación de persona a quien sean confiados los hijos del matrimonio, tanto durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio;

II. El modo de subvenir a las necesidades de los hijos, tanto durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio;

III. La casa que servirá de habitación a cada uno de los cónyuges durante el procedimiento;

Fracción reformada DOF 31-12-1974 IV. En los términos del Artículo 288, la cantidad que a título de alimentos un cónyuge debe pagar al otro durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio, así como la forma de hacer el pago y la garantía que debe otorgarse para asegurarlo;

Fracción reformada DOF 27-12-1983 V. La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento, y la de liquidar dicha sociedad después de ejecutoriado el divorcio, así como la designación de liquidadores. A ese efecto se acompañará un inventario y avalúo de todos los bienes muebles o inmuebles de la sociedad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 273 del Código Civil Federal establece que, en ciertos casos de divorcio, los cónyuges deben presentar un convenio ante el Juzgado. Este convenio debe incluir varios aspectos importantes relacionados con sus hijos y sus bienes. A continuación, se detallan los puntos que deben ser abordados:

  • Designación de la persona encargada de los hijos: Se debe indicar quién cuidará de los hijos durante el proceso y después del divorcio.
  • Necesidades de los hijos: Se debe establecer cómo se cubrirán las necesidades de los hijos durante y después del procedimiento.
  • Vivienda: Se debe especificar cuál será la casa donde vivirá cada cónyuge durante el proceso.
  • Alimentos: Se debe fijar la cantidad que un cónyuge pagará al otro por concepto de alimentos, así como la forma y garantía del pago.
  • Administración de bienes: Se debe detallar cómo se administrarán los bienes de la sociedad conyugal y cómo se liquidarán después del divorcio, incluyendo la designación de liquidadores y un inventario de los bienes.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 273 de Código Civil Federal?

Los cónyuges que se encuentren en el caso del último párrafo del Artículo anterior, están obligados a presentar al Juzgado un convenio en que se fijen los siguientes puntos: Párrafo reformado DOF 31-12-1974, 27-12-1983…

¿Está vigente el artículo 273?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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