El artículo 2733 del Código Civil Federal se refiere a la situación de un socio industrial que también aporta capital a una sociedad. En este contexto, se establece que la contribución de capital y la aportación de trabajo o industria se deben considerar de manera separada.
- El socio industrial puede aportar tanto trabajo como capital.
- Las dos aportaciones se evalúan de forma independiente.
- Esto implica que cada tipo de contribución tiene su propio tratamiento dentro de la sociedad.
Este artículo busca clarificar la distinción entre el capital y la industria, lo que puede influir en la forma en que se distribuyen las ganancias y las responsabilidades dentro de la sociedad.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.