El artículo 2842 del Código Civil Federal se refiere a la figura del fiador, que es la persona que se compromete a pagar una deuda en caso de que el deudor principal no lo haga. Este artículo establece que la obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la obligación del deudor. Esto significa que si la deuda del deudor se cancela o se extingue por alguna razón, la responsabilidad del fiador también termina.
Además, la extinción de la obligación del fiador ocurre por las mismas causas que extinguen cualquier otra obligación. Esto incluye situaciones como el cumplimiento de la obligación, la imposibilidad de cumplirla, o cualquier otra causa legalmente reconocida.
- La obligación del fiador termina al mismo tiempo que la del deudor.
- Se extingue por las mismas causas que las demás obligaciones.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.