Código federal

Artículo 2856 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2856.- La prenda es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La prenda es un tipo de derecho que se establece sobre un bien mueble, es decir, un objeto que se puede mover y que puede ser vendido. Este derecho se utiliza para asegurar que se cumpla con una obligación, como el pago de una deuda. Si la obligación no se cumple, el acreedor tiene prioridad para cobrar lo que se le debe a través de la venta de ese bien.

  • La prenda se refiere a bienes muebles que pueden ser vendidos.
  • Sirve para garantizar el cumplimiento de una obligación.
  • El acreedor tiene preferencia en el pago si no se cumple la obligación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2856 de Código Civil Federal?

La prenda es un tipo de derecho que se establece sobre un bien mueble, es decir, un objeto que se puede mover y que puede ser vendido. Este derecho se utiliza para asegurar que se cumpla con una obligación, como el pago de una deuda. Si la obligación no se cumple, el acreedor…

¿Está vigente el artículo 2856?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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