El artículo 2858 del Código Civil Federal menciona que para que una prenda se considere válida, es necesario que se entregue al acreedor. Esta entrega puede ser física o simbólica, es decir, puede realizarse de manera real o jurídica.
- Prenda: Es un bien que se entrega como garantía de una obligación.
- Acreedor: Es la persona que recibe la prenda y tiene derecho a exigir el cumplimiento de la obligación.
- Entrega: Es el acto que formaliza la constitución de la prenda.
Este artículo subraya la importancia de la entrega para que la prenda tenga efectos legales y proteja los derechos del acreedor.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.