Código federal

Artículo 29 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 29.- El domicilio de las personas físicas es el lugar donde residen habitualmente, y a falta de éste, el lugar del centro principal de sus negocios; en ausencia de éstos, el lugar donde simplemente residan y, en su defecto, el lugar donde se encontraren.

Se presume que una persona reside habitualmente en un lugar, cuando permanezca en él por más de seis meses.

Artículo reformado DOF 07-01-1988

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 29 del Código Civil Federal se refiere al concepto de domicilio de las personas físicas. Define el domicilio como el lugar donde una persona vive de manera habitual. Si no hay un lugar de residencia habitual, se considera el lugar donde la persona tiene su centro principal de negocios. En caso de que tampoco exista un centro de negocios, se toma en cuenta el lugar donde la persona simplemente reside. Si no se puede determinar ninguno de estos lugares, se considera el sitio donde la persona se encuentre en ese momento.

Además, se establece que se presume que una persona reside habitualmente en un lugar si permanece en él por más de seis meses.

  • El domicilio es el lugar de residencia habitual.
  • Si no hay residencia habitual, se toma en cuenta el centro de negocios.
  • En ausencia de ambos, se considera el lugar de residencia simple.
  • Se presume la residencia habitual tras seis meses en un lugar.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 29 de Código Civil Federal?

El domicilio de las personas físicas es el lugar donde residen habitualmente, y a falta de éste, el lugar del centro principal de sus negocios; en ausencia de éstos, el lugar donde simplemente residan y, en su defecto,…

¿Está vigente el artículo 29?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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