El artículo 28 Bis del Código Civil Federal fue originalmente añadido el 7 de enero de 1988, pero fue derogado el 24 de diciembre de 1996. Esto significa que ya no tiene validez ni efecto legal en la actualidad.
La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son aplicables y, por lo tanto, no deben ser consideradas en el ámbito jurídico. El artículo en cuestión se encontraba en el Título Tercero, que trata sobre el domicilio.
- El artículo fue añadido en 1988.
- Fue derogado en 1996.
- No tiene efecto legal en la actualidad.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.