El artículo 2976 del Código Civil Federal se refiere a la forma en que se deben clasificar y graduar los créditos. Esto significa que, cuando hay varios créditos, se les asigna un orden de prioridad o prelación según su clasificación en los capítulos que siguen en la ley.
- Los créditos se organizan en diferentes categorías.
- Cada categoría tiene un orden de prelación específico.
- Este orden determina cuál crédito se paga primero en caso de que haya limitaciones de recursos.
En resumen, este artículo establece un sistema para manejar los créditos de manera ordenada, asegurando que se respeten las prioridades establecidas por la ley.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.