Código federal

Artículo 3o de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 3o.- Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el Periódico Oficial.

En los lugares distintos del en que se publique el Periódico Oficial, para que las leyes, reglamentos, etc., se reputen publicados y sean obligatorios, se necesita que además del plazo que fija el párrafo anterior, transcurra un día más por cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La capacidad jurídica se refiere a la habilidad de una persona para ejercer derechos y contraer obligaciones. Este artículo establece que la capacidad jurídica de las personas está regulada por lo que dice el Código Civil Federal, incluso si se modifica o se elimina la capacidad que anteriormente tenían. Esto significa que, aunque una persona pierda su capacidad jurídica, los actos que realizó cuando era capaz seguirán siendo válidos y no se anularán.

  • La capacidad jurídica está sujeta a lo que dice el Código Civil Federal.
  • Los cambios en la capacidad jurídica no afectan actos ya realizados.
  • Los actos de personas capaces son firmes, incluso si luego se vuelven incapaces.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3o de Código Civil Federal?

Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación en el Periódico Oficial. En los lugares distintos del en que…

¿Está vigente el artículo 3o?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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