El artículo 317 del Código Civil Federal se refiere a las diferentes formas en que se puede asegurar el cumplimiento de una obligación, especialmente en el contexto de los alimentos. Este aseguramiento puede adoptar varias modalidades, que incluyen:
- Hipoteca: Un derecho sobre un bien inmueble como garantía.
- Prenda: Un derecho sobre un bien mueble como garantía.
- Fianza: Un compromiso de una tercera persona de cumplir con la obligación si el deudor no lo hace.
- Depósito de cantidad: Entregar una suma de dinero que sea suficiente para cubrir los alimentos.
- Otras formas de garantía: Cualquier otra opción que el juez considere adecuada.
El juez tiene la facultad de determinar cuál de estas garantías es suficiente según el caso específico. Esto permite flexibilidad en la protección de los derechos de las personas involucradas.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.