Código federal

Artículo 340 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 340.- La filiación de los hijos nacidos de matrimonio se prueba con la partida de su nacimiento y con el acta de matrimonio de sus padres.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 340 del Código Civil Federal se refiere a la forma en que se puede demostrar la filiación de los hijos que nacen dentro de un matrimonio. Esto significa que establece los documentos que sirven como prueba de que una persona es hijo de sus padres que están casados.

  • La prueba de filiación se realiza mediante la partida de nacimiento del hijo.
  • También se requiere el acta de matrimonio de los padres.

En resumen, para comprobar que un hijo es de un matrimonio, se necesitan estos dos documentos específicos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 340 de Código Civil Federal?

La filiación de los hijos nacidos de matrimonio se prueba con la partida de su nacimiento y con el acta de matrimonio de sus padres.

¿Está vigente el artículo 340?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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