El artículo 347 del Código Civil Federal establece que el derecho que tiene un hijo para reclamar su estado es imprescriptible. Esto significa que el hijo, así como sus descendientes, pueden ejercer esta acción en cualquier momento, sin que exista un plazo límite para hacerlo.
Este derecho es fundamental, ya que garantiza que los hijos puedan reconocer o reclamar su filiación sin temor a que el tiempo limite su capacidad de hacerlo. A continuación, se presentan algunos puntos clave:
- La acción es imprescriptible.
- Aplica tanto para el hijo como para sus descendientes.
- No hay plazos establecidos para ejercer este derecho.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.