Código federal

Artículo 496 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 496.- El tutor dativo será designado por el menor si ha cumplido dieciséis años. El Juez de lo Familiar confirmará la designación si no tiene justa causa para reprobarla. Para reprobar las ulteriores designaciones que haga el menor, el Juez oirá el parecer del Consejo Local de Tutelas. Si no se aprueba el nombramiento hecho por el menor, el Juez nombrará tutor conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

Artículo reformado DOF 24-03-1971

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 496 del Código Civil Federal establece que un menor que ha cumplido dieciséis años tiene la capacidad de designar a su propio tutor dativo. Esta designación debe ser confirmada por el Juez de lo Familiar, quien solo podrá rechazarla si existe una razón válida para hacerlo.

Si el Juez decide no aprobar la elección del menor, se debe consultar al Consejo Local de Tutelas antes de tomar una decisión final. En caso de que el nombramiento no sea aceptado, el Juez se encargará de nombrar a un tutor de acuerdo con lo que se indica en el siguiente artículo.

  • El menor puede elegir a su tutor si tiene al menos dieciséis años.
  • El Juez de lo Familiar confirma o rechaza la designación.
  • Se consulta al Consejo Local de Tutelas si hay desacuerdos.
  • Si no se aprueba, el Juez designa un tutor según el siguiente artículo.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 496 de Código Civil Federal?

El tutor dativo será designado por el menor si ha cumplido dieciséis años. El Juez de lo Familiar confirmará la designación si no tiene justa causa para reprobarla. Para reprobar las ulteriores designaciones que haga el…

¿Está vigente el artículo 496?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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