Código federal

Artículo 520 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 520.- Están exceptuados de la obligación de dar garantía:

I. Los tutores testamentarios, cuando expresamente los haya relevado de esta obligación el testador;

II. El tutor que no administre bienes;

III. El padre, la madre y los abuelos, en los casos en que conforme a la ley son llamados a desempeñar la tutela de sus descendientes, salvo lo dispuesto en el artículo 523;

IV. Los que acojan a un expósito, lo alimenten y eduquen convenientemente por más de diez años, a no ser que hayan recibido pensión para cuidar de él.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 520 del Código Civil Federal menciona las excepciones a la obligación de dar garantía en ciertos casos de tutela. Esto significa que algunas personas no necesitan presentar una garantía para ejercer su función como tutores.

  • Tutores testamentarios: No necesitan garantía si el testador los ha eximido de esta obligación.
  • Tutores sin administración de bienes: Aquellos que no manejan bienes tampoco requieren garantía.
  • Familiares directos: Padres, madres y abuelos que asumen la tutela de sus descendientes están exentos, salvo lo que indica el artículo 523.
  • Acojimiento de expósitos: Quienes cuidan y educan a un expósito por más de diez años no necesitan garantía, a menos que hayan recibido una pensión por ello.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 520 de Código Civil Federal?

Están exceptuados de la obligación de dar garantía: I. Los tutores testamentarios, cuando expresamente los haya relevado de esta obligación el testador; II. El tutor que no administre bienes; III. El padre, la madre y…

¿Está vigente el artículo 520?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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