Código federal

Artículo 541 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 541.- Si el que tenía la patria potestad sobre el menor lo había dedicado a alguna carrera, el tutor no variará ésta, sin la aprobación del juez, quien decidirá este punto prudentemente y oyendo, en todo caso al mismo menor, al curador y al Consejo Local de Tutelas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 541 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un menor está bajo la tutela de una persona diferente a sus padres. Si el menor ya ha sido orientado hacia una carrera específica por sus padres, el tutor no puede cambiar esta decisión sin obtener primero la aprobación de un juez. Este juez tomará una decisión considerando el interés del menor y escuchará la opinión del propio menor, del curador y del Consejo Local de Tutelas.

  • El tutor no puede cambiar la carrera del menor sin autorización.
  • Se requiere la aprobación de un juez para cualquier cambio.
  • El juez debe escuchar al menor y a otros involucrados antes de decidir.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 541 de Código Civil Federal?

Si el que tenía la patria potestad sobre el menor lo había dedicado a alguna carrera, el tutor no variará ésta, sin la aprobación del juez, quien decidirá este punto prudentemente y oyendo, en todo caso al mismo menor,…

¿Está vigente el artículo 541?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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