Código federal

Artículo 547 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 547.- Para la seguridad, alivio y mejoría de las personas a que se refiere el artículo anterior, el tutor adoptará las medidas que juzgue oportunas, previa la autorización judicial que se otorgará con audiencia del curador. Las medidas que fueren muy urgentes podrán ser ejecutadas por el tutor, quien dará cuenta inmediatamente al juez para obtener la debida aprobación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 547 del Código Civil Federal se refiere a las responsabilidades del tutor en relación con las personas que requieren su cuidado. Este artículo establece que el tutor debe tomar medidas que considere necesarias para la seguridad y bienestar de estas personas, pero debe contar con la autorización del juez antes de proceder, lo que implica que se debe escuchar al curador en este proceso.

Sin embargo, si surge una situación de urgencia, el tutor tiene la facultad de actuar de inmediato. En estos casos, debe informar al juez lo antes posible para que se valide la acción tomada.

  • El tutor debe actuar en beneficio de las personas bajo su cuidado.
  • Requiere autorización judicial para tomar decisiones importantes.
  • En situaciones urgentes, puede actuar sin autorización previa, pero debe informar al juez después.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 547 de Código Civil Federal?

Para la seguridad, alivio y mejoría de las personas a que se refiere el artículo anterior, el tutor adoptará las medidas que juzgue oportunas, previa la autorización judicial que se otorgará con audiencia del curador.…

¿Está vigente el artículo 547?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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