Código federal

Artículo 562 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 562.- Cuando la enajenación se haya permitido para cubrir con su producto algún objeto determinado, el juez señalará al tutor un plazo dentro del cual deberá acreditar que el producto de la enajenación se ha invertido en su objeto. Mientras que no se haga la inversión se observará lo dispuesto en la parte final del artículo 437.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 562 del Código Civil Federal se refiere a la enajenación de bienes que se permite con un propósito específico, que es cubrir un objeto determinado. En este contexto, el juez tiene la responsabilidad de establecer un plazo para que el tutor demuestre que el producto obtenido de la enajenación se ha utilizado para el fin señalado.

Mientras no se realice esta inversión, se aplicarán las disposiciones que se mencionan al final del artículo 437, que se relacionan con la protección de los intereses de la persona a la que se le administra el bien. Esto asegura que los recursos obtenidos se utilicen de manera adecuada y conforme a lo que se había previsto.

  • La enajenación se permite para un fin específico.
  • El juez establece un plazo para demostrar la inversión.
  • Se aplican disposiciones del artículo 437 hasta que se realice la inversión.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 562 de Código Civil Federal?

Cuando la enajenación se haya permitido para cubrir con su producto algún objeto determinado, el juez señalará al tutor un plazo dentro del cual deberá acreditar que el producto de la enajenación se ha invertido en su…

¿Está vigente el artículo 562?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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