El artículo 727 del Código Civil Federal se refiere a los bienes que forman parte del patrimonio de la familia. Estos bienes tienen características especiales que los protegen de ciertas acciones legales.
- Inalienables: No se pueden vender ni transferir a otra persona.
- No sujetos a embargo: No pueden ser confiscados por deudas o problemas legales.
- No a gravámenes: No pueden ser afectados por cargas o limitaciones que comprometan su uso o disposición.
En resumen, este artículo busca proteger los bienes familiares, asegurando que permanezcan en la familia y no sean objeto de acciones que puedan perjudicar su estabilidad económica y patrimonial.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.