El artículo 73 del Código Civil Federal se refiere a los nacimientos que ocurren en un buque extranjero. En este caso, se establece que el proceso de registro del nacimiento debe seguir lo que se indica en el artículo 15 del mismo código.
Esto implica que, a pesar de que el nacimiento tenga lugar en un contexto internacional, se deben cumplir ciertas formalidades para el registro, que están especificadas en el artículo mencionado. Es importante seguir estas normas para asegurar que el nacimiento sea reconocido legalmente.
- Nacimiento en buque extranjero.
- Se aplican las normas del artículo 15 para el registro.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.