Código federal

Artículo 736 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 736.- El precio de los terrenos a que se refiere la fracción II del artículo anterior se pagará de la manera prevenida en el inciso d) del párrafo undécimo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En los casos previstos en las fracciones I y III del artículo que precede, la autoridad vendedora fijará la forma y el plazo en que debe pagarse el precio de los bienes vendidos, teniendo en cuenta la capacidad económica del comprador.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 736 del Código Civil Federal establece cómo se debe pagar el precio de ciertos terrenos. Para los terrenos mencionados en la fracción II del artículo anterior, el pago se realizará conforme a lo que indica un inciso específico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En los casos de las fracciones I y III del artículo anterior, la autoridad que vende los bienes determinará la forma y el plazo de pago, considerando la capacidad económica del comprador. Esto significa que se busca adaptar las condiciones de pago a la situación financiera de quien adquiere el bien.

  • Pago de terrenos según la Constitución.
  • La autoridad vendedora fija condiciones de pago.
  • Se considera la capacidad económica del comprador.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 736 de Código Civil Federal?

El precio de los terrenos a que se refiere la fracción II del artículo anterior se pagará de la manera prevenida en el inciso d) del párrafo undécimo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos…

¿Está vigente el artículo 736?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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