El artículo 797 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que varias personas son copropietarias de un bien. En este contexto, se establece que cada copropietario ha tenido, durante el tiempo que el bien ha estado en indivisión, el derecho de poseer exclusivamente la parte que le correspondería en caso de que se realice una división del bien.
- Los copropietarios tienen derechos sobre el bien en su totalidad.
- Cada uno ha disfrutado de su parte como si fuera el único propietario.
- La división del bien determinará la parte que le corresponde a cada uno.
Esto implica que, aunque el bien esté en indivisión, cada copropietario puede considerarse como si hubiera tenido la posesión exclusiva de su parte durante todo ese tiempo.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.