El artículo 867 del Código Civil Federal establece una prohibición clara respecto a la protección de las aves. En este sentido, se prohíbe de manera absoluta la destrucción de nidos, huevos y crías de aves en predios que no son de propiedad del infractor.
Esto significa que cualquier acción que implique dañar o eliminar estos elementos en terrenos ajenos está prohibida, sin excepción. La norma busca garantizar la conservación de las aves y su hábitat, promoviendo así el respeto por la fauna.
- Prohibición de destruir nidos, huevos y crías.
- Aplica en predios ajenos.
- Busca proteger a las aves y su entorno.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.