Código federal

Artículo 904 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 904.- Se entiende que hay mala fe de parte del edificador, plantador o sembrador, cuando hace la edificación, plantación o siembra, o permite, sin reclamar, que con material suyo las haga otro en terreno que sabe es ajeno, no pidiendo previamente al dueño su consentimiento por escrito.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 904 del Código Civil Federal se refiere a la mala fe en el contexto de la construcción, plantación o siembra en terrenos ajenos. Se considera que una persona actúa de mala fe si realiza estas actividades en un terreno que sabe que no le pertenece, sin haber solicitado el consentimiento por escrito del dueño del terreno.

Esto implica que el edificador, plantador o sembrador debe ser consciente de que está utilizando un terreno ajeno y, si no obtiene el permiso del propietario, su acción se califica como mala fe. A continuación, se presentan los puntos clave:

  • La mala fe se refiere a la falta de honestidad en las acciones realizadas.
  • Se aplica a edificaciones, plantaciones o siembras en terrenos ajenos.
  • Es necesario obtener el consentimiento por escrito del dueño del terreno.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 904 de Código Civil Federal?

Se entiende que hay mala fe de parte del edificador, plantador o sembrador, cuando hace la edificación, plantación o siembra, o permite, sin reclamar, que con material suyo las haga otro en terreno que sabe es ajeno, no…

¿Está vigente el artículo 904?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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