El usufructuario es la persona que tiene el derecho de usar y disfrutar de un bien que pertenece a otra persona. Según el artículo 990 del Código Civil Federal, esta persona puede recibir todos los frutos que genere el bien, sin importar su tipo. Esto incluye:
- Frutos naturales: Aquellos que se producen de manera natural, como los frutos de un árbol.
- Frutos industriales: Los que se obtienen a través de la actividad humana, como los productos de una cosecha cultivada.
- Frutos civiles: Los ingresos que se generan por el uso del bien, como el alquiler de una propiedad.
En resumen, el usufructuario tiene el derecho de disfrutar de todos los beneficios que el bien le pueda proporcionar durante el tiempo que dure su usufructo.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.