Código Civil estatal

Artículo 413 de Código Civil para el Distrito Federal

Código Civil para el Distrito Federal · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 413.- La patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de las hijas y los hijos. Su ejercicio queda sujeto, en cuanto a la guardia y educación de las y los menores de edad, a las modalidades que le impriman las resoluciones que se dicten, de acuerdo con la Ley de Justicia para Adolescentes para la Ciudad de México.

(REFORMADO, G.O. 28 DE JUNIO DE 2024)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 413 de Código Civil para el Distrito Federal?

La patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de las hijas y los hijos. Su ejercicio queda sujeto, en cuanto a la guardia y educación de las y los menores de edad, a las modalidades que le impriman las…

¿Está vigente el artículo 413?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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