Artículo 1472 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 1472. La división de bienes inmuebles es nula si no se hace con las formalidades que la ley exige para su venta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.