Artículo 1736 de Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 1736. La posesión derivada puede conducir a la usucapión de un derecho real, siempre que el bien sea poseído en concepto de titular de ese derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.